Tenemos buenas noticias y buenas noticias. Las buenas de verdad: las plusvalías de fondos nunca tributan como el sueldo, siempre van a la renta del ahorro. Las también buenas: con las estrategias correctas, podemos diferir años y años antes de que Hacienda vea un euro. Aquí desmenuzamos la tributación real de las ganancias en fondos para el ejercicio 2025.
Cuando vendemos participaciones de un fondo de inversión y obtenemos una ganancia, esa ganancia tributará siempre en la renta del ahorro, no en la renta general. Esto es fundamental porque los tipos son mucho más bajos que los marginales del IRPF:
| Tramo de plusvalía | Tipo IRPF 2025 | Impuesto sobre ese tramo |
|---|---|---|
| Primeros 6.000 € | 19% | Hasta 1.140 € |
| De 6.000 € a 50.000 € | 21% | Hasta 9.240 € adicionales |
| De 50.000 € a 200.000 € | 23% | Hasta 34.500 € adicionales |
| De 200.000 € a 300.000 € | 26% | Hasta 26.000 € adicionales |
| Más de 300.000 € | 28% | El 28% sobre lo que exceda |
Los tipos son progresivos: si ganamos 15.000 €, los primeros 6.000 € tributan al 19% y los 9.000 € restantes al 21%. No se aplica el tipo más alto a toda la ganancia.
Lleva 10 años aportando 200 €/mes al Amundi MSCI World (IE0002JKL359). Total invertido: 24.000 €. Con una rentabilidad media anual del 9%, el fondo vale aproximadamente 38.400 €. Si rescata todo en 2025:
Plusvalía: 38.400 − 24.000 = 14.400 €
Tributación: 19% sobre 6.000 = 1.140 € + 21% sobre 8.400 = 1.764 € = 2.904 € total
Dinero neto: 38.400 − 2.904 = 35.496 €
Lleva 15 años invirtiendo. Cartera actual: 80.000 €. Coste original: 48.000 €. Plusvalía latente: 32.000 €. Si rescata todo en 2025:
Tributación: 19% × 6.000 + 21% × 26.000 = 1.140 + 5.460 = 6.600 €
Tipo efectivo sobre la plusvalía: 6.600 / 32.000 = 20,6%
La mejor forma de no pagar impuestos es no vender. Si queremos rebalancear la cartera o cambiar de fondo, hacemos un traspaso (no una venta). Hacienda no ve nada. La plusvalía sigue latente, trabajando para nosotros.
Si en 2025 tuvimos tanto ganancias como pérdidas en distintos fondos, las pérdidas compensan las ganancias euro a euro. Esto reduce la base imponible y el impuesto final. La regla: no comprar el mismo fondo en los 2 meses anteriores o posteriores a la venta con pérdida (artículo 33.5 LIRPF), pero sí podemos comprar un fondo similar.
Si planeamos sacar 30.000 € de plusvalías, rescatar 15.000 € en diciembre de 2025 y otros 15.000 € en enero de 2026 distribuye la carga fiscal entre dos declaraciones. Cada año tributamos el primer tramo al 19% en lugar de subir más rápido hacia el 21% o 23%.
Pagar plusvalías significa que ganamos dinero. Un funcionario que lleva 20 años invirtiendo y tiene 200.000 € en fondos con 80.000 € de plusvalía paga, en el peor caso, unos 18.000 € de impuestos al rescatar. Se queda con 182.000 €. Sin haber arriesgado nada más que su propia disciplina de ahorro. La fiscalidad de los fondos en España, con sus tramos del ahorro y el diferimiento por traspaso, es de las más favorables de Europa para el inversor a largo plazo.