El traspaso entre fondos de inversión es la única forma legal de cambiar de cartera sin pagar impuestos. No es un truco ni un vacío legal: está regulado en la Ley del IRPF desde 2003. Pero hay que entender exactamente cómo funciona para no caer en errores que te hagan pagar impuestos que no debes en la Renta 2025.
El diferimiento fiscal del traspaso está recogido en el artículo 94.1.a de la Ley 35/2006 del IRPF. Dice, resumiendo: cuando se traspasan participaciones entre instituciones de inversión colectiva (IIC) sin que el partícipe reciba el dinero en su cuenta, no existe ganancia ni pérdida patrimonial. Las participaciones del fondo destino mantienen el valor y la fecha de adquisición de las del fondo origen.
Esto significa que si compramos en 2020 y hacemos tres traspasos hasta 2026, cuando finalmente vendamos en 2026, Hacienda calculará la ganancia como si hubiéramos comprado en 2020 al precio de 2020. La plusvalía acumulada en todos esos años tributa de una vez, pero solo cuando decidamos vender definitivamente.
| Operación | ¿Tributa en 2025? | Observación |
|---|---|---|
| Traspaso de fondo A a fondo B (mismo broker) | NO | Diferimiento fiscal completo |
| Traspaso de fondo A a fondo B (brokers distintos) | NO | También válido si ambos son IIC españolas o comunitarias |
| Reembolso de fondo A y compra de fondo B | SÍ | Es una venta + una compra. Tributa la ganancia de la venta |
| Traspaso de fondo a ETF | SÍ | Los ETFs no son IIC a efectos de este artículo. Tributa |
| Traspaso entre planes de pensiones | NO (es otro régimen) | Los planes tienen su propio sistema, no aplica este artículo |
⚠️ ETFs no se pueden traspasar sin tributar: La ventaja del traspaso aplica solo a fondos de inversión (IIC), no a ETFs. Si quieres cambiar del iShares MSCI World ETF a Vanguard FTSE All-World ETF, tendrás que vender y comprar, tributando por la ganancia. Este es uno de los motivos por los que muchos preferimos fondos indexados a ETFs en España.
Cuando el traspaso se hace correctamente (ambos fondos son IIC y el dinero no pasa por cuenta corriente), no debería aparecer nada en el borrador relacionado con ese traspaso. No hay ganancia, no hay pérdida, no hay casilla. El borrador simplemente lo ignora.
Sin embargo, hay situaciones en las que el sistema falla:
Si en el borrador aparece una ganancia patrimonial que corresponde a un traspaso que hiciste, hay que eliminar esa entrada manualmente. Confirmar el borrador con ese error supone pagar impuestos indebidos.
Tenemos 30.000 € en el Amundi MSCI World (IE0002JKL359) con plusvalía de 10.000 €. Queremos pasarnos al Vanguard Global Stock (IE00B03HCZ61).
Con traspaso: los 30.000 € pasan íntegros. La plusvalía de 10.000 € sigue diferida. Seguimos con 30.000 € generando rentabilidad.
Con venta + recompra: pagamos 21% sobre 10.000 € = 2.100 € a Hacienda. Invertimos solo 27.900 €. Esos 2.100 € han dejado de generar rentabilidad compuesta para siempre (o hasta que los recuperemos, cosa que no ocurrirá).
Si ese capital hubiera seguido invertido 15 años al 7% anual, la diferencia sería más de 5.700 € adicionales en el bolsillo.
No hace falta traspasar todo el fondo. Se pueden traspasar las participaciones que queramos (o un importe concreto) y dejar el resto en el fondo origen. El sistema aplica FIFO igualmente: las primeras participaciones en traspasar son las más antiguas.
Esto permite estrategias como traspasar solo la cantidad necesaria para rebalancear la cartera sin vender ni tributar, o traspasar gradualmente para gestionar la exposición a distintos activos a lo largo del tiempo.
💡 Traspaso entre distintos brokers: El proceso es más lento (puede tardar de 7 a 15 días hábiles) pero es perfectamente válido. El fondo origen envía las participaciones al destino, que las registra con el precio de adquisición original. El certificado fiscal del año reflejará correctamente que no hubo venta, aunque el proceso haya sido más complejo.